{"id":2014,"date":"2020-04-08T10:22:51","date_gmt":"2020-04-08T10:22:51","guid":{"rendered":"https:\/\/fiduciaire-suisse.com\/revision-comptes\/"},"modified":"2020-04-13T09:13:49","modified_gmt":"2020-04-13T09:13:49","slug":"control-cuentas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/fiduciaire-suisse.com\/es\/empresas\/auditoria-cuentas\/control-cuentas\/","title":{"rendered":"Control de cuentas"},"content":{"rendered":"
Amedia es un despacho jur\u00eddico y contable especializado en el Control de cuentas, Auditor\u00eda y Estados financieros en Suiza.
\nNuestra finalidad es ayudar a nuestros clientes a localizar las debilidades y los riesgos de su empresa, mediante un an\u00e1lisis financiero completo y a trav\u00e9s de informes mejorados.<\/p>\n
Por ello, conforme al \u201cC\u00f3digo de Obligaciones\u201d suizo y a las normas US GAAP y NIIF, Fiduciaire Amedia determina las mejores pr\u00e1cticas y estrategias que pueden aplicarse para desarrollar su actividad tanto a escala nacional como internacional.<\/p>\n
Las sociedades SL y SA de derecho suizo tienen la obligaci\u00f3n de llevar una contabilidad y de presentar cuentas conforme a las normas establecidas en el C\u00f3digo de Obligaciones (art. 957 y ss.).
\nEl derecho contable suizo establece \u201cvalores l\u00edmite\u201d para proceder bien a un control ordinario, bien a un control limitado de la contabilidad (auditor\u00eda contable tambi\u00e9n denominada \u00ablimited audit\u00bb).<\/p>\n
Las sociedades SL y SA que superen dos de los siguientes umbrales durante dos ejercicios sucesivos est\u00e1n sujetas a control ordinario:<\/strong><\/p>\n Es importante recordar que la junta general de socios puede acordar que se lleve el control de las cuentas anuales. Esto significa que deber\u00e1 presentarse un informe detallado con los resultados de la auditor\u00eda al Consejo de administraci\u00f3n y un informe resumido del control a la Junta general de socios.<\/p>\n Las sociedades SA y SL que no hayan alcanzado los l\u00edmites se\u00f1alados estar\u00e1n sujetas a un control limitado:<\/strong><\/p>\n Este tipo de control se limita a una comprobaci\u00f3n de las cuentas anuales mediante auditor\u00eda sucinta, operaciones de control anal\u00edtico y comprobaciones complementarias en funci\u00f3n de las circunstancias del encargo. Solo debe presentarse un breve informe a la Junta general de socios.<\/p>\n Las sociedades SA y SL que no re\u00fanan las anteriores condiciones, podr\u00e1n:<\/strong><\/p>\n Obtener una evaluaci\u00f3n gratuitaNuestros asesores se pondr\u00e1 en contacto contigo r\u00e1pidamente<\/span><\/p>\n
Control limitado<\/h3>\n<\/p>
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Nuestras prestaciones<\/h2>\n
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